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Pruebas criminalísticas a las armas de fuego,
armas de guerra y municiones

Artículo 94. Las armas y municiones de guerra, confiscadas o recuperadas, así
como las demás armas de fuego y municiones decomisadas, incautadas o
colectadas en el territorio nacional, serán objeto de las experticias, peritajes y
pruebas conexas correspondientes, en caso de la presunción de comisión de un
hecho delictivo.

Registro de las pruebas criminalísticas

Artículo 95. Los órganos de policía de investigación penal llevarán los registros
automatizados, y con acceso a los órganos competentes, de las pruebas
criminalísticas realizadas a las armas de guerra, armas de fuego y municiones.

Resguardo y almacenamiento de
las armas de fuego recuperadas

Artículo 96. Las armas de fuego y municiones recuperadas, serán almacenadas y
resguardadas por un lapso que no exceda de treinta días continuos, en los
parques de armas o depósitos que señale el órgano de la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana con competencia en materia de control de armas y
municiones, a fin de realizar las pruebas criminalísticas y experticias
correspondientes.

Una vez cumplido el lapso correspondiente serán remitidas al parque nacional de
armas de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Inutilización

Artículo 97. Una vez realizada las pruebas criminalísticas correspondiente o
inmediatamente después de su recuperación, según sea el caso, las armas de
fuego recuperadas serán inutilizadas de manera inmediata, conforme a los
procedimientos que determine el órgano de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana con competencia en materia de control de armas.

Destrucción

Artículo 98. Con excepción de las armas orgánicas y de guerra, las demás armas
de fuego y municiones decomisadas, incautadas o colectadas, que no sean
devueltas a sus portadores o resguardadas por orden del Ministerio Público o la
autoridad judicial, serán destruidas de manera inmediata y bajo las condiciones
que determine el órgano de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana con
competencia en materia de control de armas.
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