Page 55 - Revista Ministerio Público (Nro 4)
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tagónica en materia de violación de Derechos Humanos-, dejando por un momento a un lado, las normas
penales, la Administración de Justicia y la situación carcelaria.

Resultaría en extremo ambicioso sostener que las propuestas que nos permitiremos plantear en estas líneas,
responden a un análisis criminológico crítico previo, ya que ello implicaría adelantar un estudio sociológico por
parte de profesionales en la materia. Por el contrario, perseguimos colocar en la discusión ideas puntuales que
podrían valorarse mejor aún como elementos, incipientes y muy básicos, a ser tomados en cuenta al construir un
esquema político criminal actual. Nos permitimos plantear un humilde aporte a la discusión y a la búsqueda de
soluciones, con la exposición de ideas sencillas, decantadas de la dinámica propia de la labor fiscal, y no
conclusiones sistemáticas producto de un estudio profundo y riguroso en el tema. Lo que si resaltamos y
mantenemos presente en todo momento es el cuestionamiento al poder, incluyendo por ende dentro de este
ensayo a las llamadas instancias de control penal, con especial atención a la actividad policial, entendiéndole
como uno de los entes principales encargados de hacer efectivo al derecho penal26.

Ahora bien, al plantearnos la interrogante de ¿cómo ejercer un control efectivo sobre los funcionarios
policiales para evitar la violación de Derechos Humanos?, debemos situarnos en dos estadios distintos, a saber,
¿cómo evitar que ello suceda -ex ante-?, y ¿cómo procesar estos delitos eficazmente una vez que han sucedido -
ex post-? El elemento clave para dar contestación a la primera de estas dos últimas interrogantes, viene dado por
la función de vigilancia y supervisión. Por la naturaleza propia de los organismos policiales, estos responden a
una estructura jerarquizada de corte vertical, y según el artículo 56 de la novísima LOPN, la organización
jerárquica del servicio de policía en nuestro país se encontrará compuesta por tres niveles, y corresponde al
segundo de estos niveles las labores de supervisión. Esta labor de supervisión -que pensamos también ha de
corresponder indirectamente al tercer nivel- ha de ser maximizada, actualizándola y dándole eficacia.

Debemos ir un poco más allá de las tradicionales rondas de supervisión y exigencia de notificación de
novedades a los superiores. Ello es necesario, más no suficiente. Debemos comprender, desde un principio que,
frente a las sociedades avanzadas y complejas que conocemos en la actualidad, con la densidad poblacional que
les caracteriza, la gobernabilidad de estas sociedades solo es posible mediante la expansión tecnológica, con
enormes potencialidades para la eficacia del ejercicio del poder.

Partiendo de esta premisa, planteamos en primer lugar, la posibilidad de establecer un sistema de vigilancia de
los funcionarios por medio de los teléfonos móviles celulares que los mismos portan, bien sean personales o
asignados por la institución policial en la cual laboran. Ahondemos en este particular. La violación de Derechos
Humanos es una forma de criminalidad, especial, grave y compleja, que requiere medidas de igual especialidad
para evitar la impunidad de estos delitos. La tecnología básica que se maneja actualmente de forma cotidiana,
proporciona un campo de actuación en ese sentido. Resulta en extremo excepcional que un funcionario policial
que labore dentro de un organismo de esta naturaleza, no cuente hoy en día con un teléfono móvil celular,
haciéndose el mismo prácticamente imprescindible para cumplir con sus funciones, mantener contacto con
familiares, e incluso usarle antes, durante y después de su servicio.

Al asumir ello como una realidad, debemos aprovechar las experiencias que, en materia de investigación de
delitos como la extorsión y el secuestro -delitos que, vale señalar, también pueden ser cometidos por

26 Seguimos aquí los planteamientos realizados por el profesor Eugenio ZAFFARONI, al estudiar la problemática
existencia de la Criminología, en su obra “Criminología. Aproximación desde un margen” (1988) Editorial TEMIS.
Bogotá, Colombia. Página 5 y siguientes.

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