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Impugnabilidad Objetiva
Artículo 423. Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos
expresamente establecidos.
Legitimación
Artículo 424. Podrán recurrir en contra de las decisiones judiciales las partes a quienes la ley
reconozca expresamente este derecho.
Por el imputado o imputada podrá recurrir el defensor o defensora, pero en ningún caso en
contra de su voluntad expresa.
Prohibición
Artículo 425. Los jueces o juezas que pronunciaron o concurrieron a dictar la decisión
anulada no podrán intervenir en el nuevo proceso.
Interposición
Artículo 426. Los recursos se interpondrán en las condiciones de tiempo y forma que se
determinan en este Código, con indicación específica de los puntos impugnados de la
decisión.
Agravio
Artículo 427. Las partes sólo podrán impugnar las decisiones judiciales que les sean
desfavorables.
El imputado o imputada podrá siempre impugnar una decisión judicial en los casos en que se
lesionen disposiciones constitucionales o legales sobre su intervención, asistencia y
representación, aunque haya contribuido a provocar el vicio objeto del recurso.
Causales de Inadmisibilidad
Artículo 423. Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos
expresamente establecidos.
Legitimación
Artículo 424. Podrán recurrir en contra de las decisiones judiciales las partes a quienes la ley
reconozca expresamente este derecho.
Por el imputado o imputada podrá recurrir el defensor o defensora, pero en ningún caso en
contra de su voluntad expresa.
Prohibición
Artículo 425. Los jueces o juezas que pronunciaron o concurrieron a dictar la decisión
anulada no podrán intervenir en el nuevo proceso.
Interposición
Artículo 426. Los recursos se interpondrán en las condiciones de tiempo y forma que se
determinan en este Código, con indicación específica de los puntos impugnados de la
decisión.
Agravio
Artículo 427. Las partes sólo podrán impugnar las decisiones judiciales que les sean
desfavorables.
El imputado o imputada podrá siempre impugnar una decisión judicial en los casos en que se
lesionen disposiciones constitucionales o legales sobre su intervención, asistencia y
representación, aunque haya contribuido a provocar el vicio objeto del recurso.
Causales de Inadmisibilidad