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Capítulo III
De la Defensa Pública

Servicio de Defensa Pública

Artículo 515. La Defensa Pública es un órgano del Sistema de Justicia con plena autonomía
funcional, financiera y administrativa, única e indivisible, bajo la dirección y responsabilidad
del Defensor Público General o Defensora Pública General.

Este servicio se rige por la Ley Orgánica de la Defensa Pública, la cual tiene por objeto
regular su naturaleza y organización, autonomía funcional y administrativa, así como la
disciplina e idoneidad de la Defensa Pública, con el fin de asegurar la eficacia del servicio y
garantizar los beneficios de la carrera del Defensor Público o Defensora Pública y demás
funcionarios y funcionarias que establezca dicha Ley y sus estatutos:

Asimismo, garantizará los principios, normas y procedimientos para el pleno desarrollo del
derecho Constitucional de toda persona de acceder a los órganos de administración de justicia
para hacer valer sus derechos e intereses legítimos y garantizar el derecho a la defensa en
cualquier proceso judicial.

TÍTULO II
NORMAS COMPLEMENTARIAS

Competencias para el servicio penitenciario

Artículo 516. Son competencias del Ministerio para el Servicio Penitenciario, las siguientes:

1. Diseñar, formular y evaluar políticas, estrategias, planes y programas, regidos por
principios y valores éticos, destinados a garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos
fundamentales de los procesados y procesadas, penados y penadas, así como procurar su
rehabilitación y mejorar sus posibilidades de transformación social.

2. Regular la organización y funcionamiento del sistema penitenciario, así como la
ejecución de las penas privativas de libertad, de conformidad con las normas, principios y
valores establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los
tratados y convenios internacionales sobre la materia, suscritos y ratificados por la República.

3. Garantizar la eficiente y eficaz prestación del servicio penitenciario, a fin de dar
cumplimiento a la ejecución de las penas y medidas preventivas privativas de libertad,
impuestas por la autoridad judicial.
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