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VIGENCIA
El “Manual Único de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas” entrará en vigencia
transcurridos tres meses desde el momento de su publicación en Gaceta Oficial y se
aplicará tanto para los nuevos procesos, como para aquellos que se hallaren en curso,
respetando los casos iniciados bajo los lineamientos del antiguo manual. Hasta tanto no
entren en vigencia los protocolos, se continuarán aplicando los lineamientos específicos
del antiguo manual.
DESTINATARIOS
Todas las personas que participen en el tratamiento de evidencias físicas en cualquiera
de las fases del sistema de cadena de custodia.
Entre los operarios están: Criminalistas y demás Forenses, Policías, Peritos, Investigadores
Penales, Fiscales del Ministerio Público, Jueces, Militares en funciones de Investigación
Penal, Bomberos, Rescatistas, entre otros debidamente autorizados y capacitados para
la gestión de Cadena de Custodia.
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El “Manual Único de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas” entrará en vigencia
transcurridos tres meses desde el momento de su publicación en Gaceta Oficial y se
aplicará tanto para los nuevos procesos, como para aquellos que se hallaren en curso,
respetando los casos iniciados bajo los lineamientos del antiguo manual. Hasta tanto no
entren en vigencia los protocolos, se continuarán aplicando los lineamientos específicos
del antiguo manual.
DESTINATARIOS
Todas las personas que participen en el tratamiento de evidencias físicas en cualquiera
de las fases del sistema de cadena de custodia.
Entre los operarios están: Criminalistas y demás Forenses, Policías, Peritos, Investigadores
Penales, Fiscales del Ministerio Público, Jueces, Militares en funciones de Investigación
Penal, Bomberos, Rescatistas, entre otros debidamente autorizados y capacitados para
la gestión de Cadena de Custodia.
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