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ANTECEDENTES

A lo largo de la historia criminalística venezolana, los organismos con competencia en
materia de investigación penal fueron aplicando el tema de Cadena de Custodia a las
evidencias físicas que se colectaban de acuerdo con los protocolos y manuales internos
que cada organismo tenía. Desde el año 2001 con la reforma del Código Orgánico
Procesal Penal se consagra la disposición contenida en el artículo 202, con relación a la
elaboración de un manual para el debido manejo de las evidencias físicas.
En el año 2008 se comienzan las mesas de trabajo. Participan el Ministerio Público y los
entes adscritos al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz
en materia de seguridad ciudadana, que tuvieran que ver directa o indirectamente con el
manejo de evidencias, debido a la necesidad de unificar los métodos y procedimientos
en materia de Cadena de Custodia.
Las mesas de trabajo dieron sus frutos en el 2012, cuando en Gaceta Oficial Nro. 39.784
del 24 de octubre del mencionado año, fue publicada la resolución conjunta que exhorta
a todos los órganos y entes de seguridad ciudadana responsables de la gestión de
evidencias físicas, a dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el denominado
“Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias
Físicas”.
En el 2013, las instituciones que participaron en la elaboración del primer manual,
reafirman el papel primordial del tema de cadena de custodia de evidencias físicas en
el ámbito penal y presentan una propuesta de mejora a las máximas autoridades de
los entes rectores, quienes ordenan realizar la revisión y actualización de dicho manual.
A partir de la orden dada, los integrantes de la mesa de trabajo constituida para tal
fin, inician de manera permanente un proceso de consultas, destinada a establecer la
metodología de revisión y de producción que permitiera corregir los vacíos procesales
y redujera significativamente la extensión del manual, sin perder su esencia y propósito
sustantivo. Luego de los rigurosos exámenes y reflexiones, el equipo de trabajo decidió
concebir la Cadena de Custodia como un sistema compuesto por fases, procesos y
procedimientos adaptados a la realidad venezolana.
A lo largo de los tres años de trabajo del equipo designado para tal fin, fueron muchas las
inquietudes planteadas por los usuarios del manual a través de actividades andragógicas.
Finalmente, los cientos de consultas realizadas permitieron concretar la actualización del
manual, gracias a la sistematización de las experiencias e intercambio de saberes en pro
del sistema de justicia.
Es importante destacar que, a pesar de las dificultades operativas, técnicas y administrativas
de la ejecución del manual, fue casi unánime el reconocimiento de los aportes y del
papel medular del “Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia
de Evidencias Físicas” en el proceso penal venezolano.
Finalmente, el equipo de trabajo en diciembre de 2016, ve cristalizado sus esfuerzos y se
complace en presentar en febrero de 2017, lo que dicho equipo considera una versión
mejorada del “Manual Único de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas”.

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