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ACTIVACIÓN, REQUERIMIENTO Y CIERRE
El sistema de cadena de custodia se activa con el conocimiento del presunto hecho
punible, al instante en el que las autoridades competentes designan talento humano y
recursos materiales para la comprobación del hecho, es de carácter secuencial y finaliza
con la culminación del proceso penal.

CRITERIOS
Los criterios de funcionamiento del Sistema de Cadena de Custodia son: Criterio de
Auditabilidad, Criterio de Continuidad, Criterio de Integridad, Criterio de Sustentabilidad
y Criterio de Robustez.

PROCESO DE CADENA DE CUSTODIA

DEFINICIÓN
Es el conjunto de procedimientos y actividades de naturaleza técnico científica, que se
llevan a cabo para garantizar que las evidencias físicas obtenidas reciban el tratamiento
adecuado y se evite su modificación injustificada, así como su pérdida o sustitución
durante cualquiera de las fases en las que se encuentre.

DINÁMICA, ESTRUCTURA, INICIO Y CIERRE
Este proceso comprende todas las actividades dirigidas a garantizar el seguimiento, control,
preservación, seguridad de las evidencias físicas y la documentación correspondiente,
desde la obtención, durante el peritaje, el resguardo y la posible exhibición, hasta su
disposición final.
La aplicación del proceso de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas está directamente
relacionada con el desempeño de los procedimientos secuencialmente establecidos; así
como con la adecuada manipulación de las mismas que debe ser realizada por personas
debidamente autorizadas y capacitadas de acuerdo a la actividad que les corresponda
realizar.
El proceso de Cadena de Custodia está constituido por cinco procesos de control, y
un proceso de carácter continuo. Los procesos de control son: Proceso de Obtención,
Proceso de Peritación, Proceso de Resguardo Judicial, el posible Proceso de Exhibición
y el Proceso de Cierre. El Proceso de carácter continuo es el de Resguardo, además del
procedimiento de traslado y la actividad de transferencia.

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