Page 209 - Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas
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ÍTULO II
FASE I - TRABAJO DE CAMPO
1. Procedimientos Asociados al Proceso de Protección de Material Botánico.
1.1. Protección del Material Botánico en el Sitio del Suceso.
1.1.1. Se realizará este procedimiento, por personal idóneo (funcionarios policiales, Guardia Na-
cional y otros), considerando principalmente aquellas plantas, con fines de drogadicción o
dependencia psico-física, nombradas anteriormente. Se deberá hacer una demarcación del
área del hallazgo y a la vez se deberá prestar seguridad perimétrica a la misma.
1.1.2. En caso de encontrarse sembradíos de plantas, se procederá a la destrucción e incineración
de las mismas y de todos aquellos implementos que se utilicen para su procesamiento, previa
instrucciones y coordinación con el Ministerio Público. Debiéndose tomar antes de esto una
muestra representativa para sus posteriores análisis, los cuales servirán como elemento de
convicción, durante la investigación del hecho.
1.1.3. En caso de encontrarse material botánico en proceso o ya procesado, se procederá de
acuerdo a lo estipulado en el procedimiento para la colección de referido material.
1.1.4. Si en el sitio se encontraren propiedades y bienes muebles e inmuebles, que guarden relación
con el hallazgo, estos se deberán asegurar por el organismo que llegue primero al sitio del su-
ceso, hacerlos constar en actas y proceder a su guarda y custodia, debiendo notificar al Minis-
terio Público y a la Oficina Nacional Antidrogas (O.N.A.), sobre el hecho y los referidos bienes.
2. Procedimientos Asociados al Proceso de Fijación del Material Botánico.
2.1. Fijación del Material Botánico.
2.1.1. Se practicará Fijación Fotográfica a las evidencias de esta naturaleza en forma general, par-
ticular y en detalle, si así fuera necesario, por personal calificado, entrenado y debidamente
autorizado. (Ver Procedimiento en Protocolo para realizar Fijación Fotográfica)
3. Procedimientos Asociados al Proceso de Colección del Material Botánico.
3.1. Colección de Material Botánico.
3.1.1. Se colectará y pesará debidamente (empleando una balanza calibrada para el pesaje) to-
das las evidencias de esta naturaleza, sin excepción, colectando además los receptáculos,
envoltorios, material sintético, cintas adhesivas, prendas de vestir, contenedores, maletas,
libretas de apuntes, documentos y otros, donde estos se encuentren, los cuales también
serán colectados para ser posteriormente enviados al Laboratorio correspondiente para su
respectivo análisis y experticia.
4. Procedimientos Asociados al Proceso de Embalaje del Material Botánico.
4.1. Embalaje de Material Botánico.
4.1.1. Las evidencias se embalarán, en receptáculos resistentes, libres de humedad, inocuos (ca-
jas, sacos), los cuales una vez llenados se pesarán y sellarán con precintos de seguridad,
cuyos seriales numéricos se registrarán y anotarán, antes de ser enviados al Laboratorio de
Toxicología, lugar donde posteriormente se aperturarán, para proceder a la toma de muestra
respectiva, con fines analíticos.
5. Procedimientos Asociados al Proceso de Rotulado y Etiquetado del Material Botánico.
5.1. Rotulado y Etiquetado de Material Botánico: Se identificará cada receptáculo en su parte externa,
y se anotará en la etiqueta lo siguiente: tipo de evidencia, cantidad, procedencia, número de expe-
diente, nombre del organismo actuante en el procedimiento, fiscalía que conoce del caso, obser-
vaciones, entre otros.
MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FÍSICAS 207
FASE I - TRABAJO DE CAMPO
1. Procedimientos Asociados al Proceso de Protección de Material Botánico.
1.1. Protección del Material Botánico en el Sitio del Suceso.
1.1.1. Se realizará este procedimiento, por personal idóneo (funcionarios policiales, Guardia Na-
cional y otros), considerando principalmente aquellas plantas, con fines de drogadicción o
dependencia psico-física, nombradas anteriormente. Se deberá hacer una demarcación del
área del hallazgo y a la vez se deberá prestar seguridad perimétrica a la misma.
1.1.2. En caso de encontrarse sembradíos de plantas, se procederá a la destrucción e incineración
de las mismas y de todos aquellos implementos que se utilicen para su procesamiento, previa
instrucciones y coordinación con el Ministerio Público. Debiéndose tomar antes de esto una
muestra representativa para sus posteriores análisis, los cuales servirán como elemento de
convicción, durante la investigación del hecho.
1.1.3. En caso de encontrarse material botánico en proceso o ya procesado, se procederá de
acuerdo a lo estipulado en el procedimiento para la colección de referido material.
1.1.4. Si en el sitio se encontraren propiedades y bienes muebles e inmuebles, que guarden relación
con el hallazgo, estos se deberán asegurar por el organismo que llegue primero al sitio del su-
ceso, hacerlos constar en actas y proceder a su guarda y custodia, debiendo notificar al Minis-
terio Público y a la Oficina Nacional Antidrogas (O.N.A.), sobre el hecho y los referidos bienes.
2. Procedimientos Asociados al Proceso de Fijación del Material Botánico.
2.1. Fijación del Material Botánico.
2.1.1. Se practicará Fijación Fotográfica a las evidencias de esta naturaleza en forma general, par-
ticular y en detalle, si así fuera necesario, por personal calificado, entrenado y debidamente
autorizado. (Ver Procedimiento en Protocolo para realizar Fijación Fotográfica)
3. Procedimientos Asociados al Proceso de Colección del Material Botánico.
3.1. Colección de Material Botánico.
3.1.1. Se colectará y pesará debidamente (empleando una balanza calibrada para el pesaje) to-
das las evidencias de esta naturaleza, sin excepción, colectando además los receptáculos,
envoltorios, material sintético, cintas adhesivas, prendas de vestir, contenedores, maletas,
libretas de apuntes, documentos y otros, donde estos se encuentren, los cuales también
serán colectados para ser posteriormente enviados al Laboratorio correspondiente para su
respectivo análisis y experticia.
4. Procedimientos Asociados al Proceso de Embalaje del Material Botánico.
4.1. Embalaje de Material Botánico.
4.1.1. Las evidencias se embalarán, en receptáculos resistentes, libres de humedad, inocuos (ca-
jas, sacos), los cuales una vez llenados se pesarán y sellarán con precintos de seguridad,
cuyos seriales numéricos se registrarán y anotarán, antes de ser enviados al Laboratorio de
Toxicología, lugar donde posteriormente se aperturarán, para proceder a la toma de muestra
respectiva, con fines analíticos.
5. Procedimientos Asociados al Proceso de Rotulado y Etiquetado del Material Botánico.
5.1. Rotulado y Etiquetado de Material Botánico: Se identificará cada receptáculo en su parte externa,
y se anotará en la etiqueta lo siguiente: tipo de evidencia, cantidad, procedencia, número de expe-
diente, nombre del organismo actuante en el procedimiento, fiscalía que conoce del caso, obser-
vaciones, entre otros.
MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FÍSICAS 207

