Page 26 - Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas
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CAPÍTULO II
FASE I - TRABAJO DE CAMPO
2. Cuando se encuentra sin la compañía de los expertos antes mencionados, debe proteger el sitio del
suceso y cumplir los pasos para el abordaje idóneo del mismo, protección, fijación, colección, emba-
laje, rotulado, etiquetado, traslado y preservación de las evidencias a las respectivas dependencias
de investigaciones penales, criminalísticas, ciencias forenses, u otros organismos
3. Circunstancias en que se producen los dos supuestos antes citados: En razón a los procedimientos
que deben utilizarse en el tratamiento a una evidencia digital, física o material por parte de un inves-
tigador criminal, se debe tomar en cuenta lo relativo a las circunstancias en que se producen estas
situaciones, entre las que se pueden mencionar las siguientes:
Si el hecho se produce cuando se realiza:
3.1. La revisión corporal de una persona: El investigador criminal deberá colectar la evidencia directa-
mente, a fin de lograr su aseguramiento, procurando en todo momento su preservación.
3.2. Durante la revisión de un vehículo:
3.2.1. Se debe iniciar por los lugares donde comúnmente se guardan objetos, armas o instrumentos
de ilícita posesión, continuando por los sitios no comunes como techo, asientos, cauchos,
motor, entre otros.
3.2.2. En caso de un vehículo tipo motocicleta o bicicleta:
3.2.3. Se debe iniciar la búsqueda en los compartimientos con que cuenta el vehículo para guardar
herramientas u otros objetos, continuando con los lugares no comunes como interior de los
asientos, tubos de chasis, entre otros.
3.2.4. En caso de vehículos acuáticos:
3.2.5. Se procederá de forma similar a los anteriores.
3.2.6. En caso de vehículos aéreos:
3.2.7. Se procederá de forma similar a los anteriores.
4. Durante la persecución de una persona: En esta acción el investigador criminal tratará por todos los
medios de no perder de vista al perseguido y su accionar. Si éste último se despoja de algún objeto
que lleve consigo, el Investigador deberá asegurarlo y preservarlo, de acuerdo a la emergencia del
caso y sin descuidar al perseguido.
5. Durante el delito de Resistencia a la Autoridad, en la cual el imputado emplea arma de fuego: El in-
vestigador criminal se asegurará de que la evidencia sea protegida, sin que ello resulte una amenaza
para su integridad, ni la de otras personas y de acuerdo a la emergencia del caso, la asegurará, tra-
tando que la misma no pierda elementos que puedan servir para su análisis.
6. En casos de Secuestro, Situación de Rehén, entre otros: El investigador criminal luego de tomar
todas las previsiones del caso para asegurar la evidencia, y dependiendo de las circunstancias, la
asegurará y preservará.
7. Luego de llegar a un sitio y de acuerdo a la emergencia por:
7.1. Multitud de personas amenazantes y pocos funcionarios.
7.2. Peligrosidad del sitio.
7.3. Clima reinante:
7.3.1. Alta o baja temperatura.
7.3.2. Precipitaciones atmosféricas.
7.3.3. Vientos naturales.
24 MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FÍSICAS
FASE I - TRABAJO DE CAMPO
2. Cuando se encuentra sin la compañía de los expertos antes mencionados, debe proteger el sitio del
suceso y cumplir los pasos para el abordaje idóneo del mismo, protección, fijación, colección, emba-
laje, rotulado, etiquetado, traslado y preservación de las evidencias a las respectivas dependencias
de investigaciones penales, criminalísticas, ciencias forenses, u otros organismos
3. Circunstancias en que se producen los dos supuestos antes citados: En razón a los procedimientos
que deben utilizarse en el tratamiento a una evidencia digital, física o material por parte de un inves-
tigador criminal, se debe tomar en cuenta lo relativo a las circunstancias en que se producen estas
situaciones, entre las que se pueden mencionar las siguientes:
Si el hecho se produce cuando se realiza:
3.1. La revisión corporal de una persona: El investigador criminal deberá colectar la evidencia directa-
mente, a fin de lograr su aseguramiento, procurando en todo momento su preservación.
3.2. Durante la revisión de un vehículo:
3.2.1. Se debe iniciar por los lugares donde comúnmente se guardan objetos, armas o instrumentos
de ilícita posesión, continuando por los sitios no comunes como techo, asientos, cauchos,
motor, entre otros.
3.2.2. En caso de un vehículo tipo motocicleta o bicicleta:
3.2.3. Se debe iniciar la búsqueda en los compartimientos con que cuenta el vehículo para guardar
herramientas u otros objetos, continuando con los lugares no comunes como interior de los
asientos, tubos de chasis, entre otros.
3.2.4. En caso de vehículos acuáticos:
3.2.5. Se procederá de forma similar a los anteriores.
3.2.6. En caso de vehículos aéreos:
3.2.7. Se procederá de forma similar a los anteriores.
4. Durante la persecución de una persona: En esta acción el investigador criminal tratará por todos los
medios de no perder de vista al perseguido y su accionar. Si éste último se despoja de algún objeto
que lleve consigo, el Investigador deberá asegurarlo y preservarlo, de acuerdo a la emergencia del
caso y sin descuidar al perseguido.
5. Durante el delito de Resistencia a la Autoridad, en la cual el imputado emplea arma de fuego: El in-
vestigador criminal se asegurará de que la evidencia sea protegida, sin que ello resulte una amenaza
para su integridad, ni la de otras personas y de acuerdo a la emergencia del caso, la asegurará, tra-
tando que la misma no pierda elementos que puedan servir para su análisis.
6. En casos de Secuestro, Situación de Rehén, entre otros: El investigador criminal luego de tomar
todas las previsiones del caso para asegurar la evidencia, y dependiendo de las circunstancias, la
asegurará y preservará.
7. Luego de llegar a un sitio y de acuerdo a la emergencia por:
7.1. Multitud de personas amenazantes y pocos funcionarios.
7.2. Peligrosidad del sitio.
7.3. Clima reinante:
7.3.1. Alta o baja temperatura.
7.3.2. Precipitaciones atmosféricas.
7.3.3. Vientos naturales.
24 MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FÍSICAS

