Page 93 - Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas
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ÍTULO II
FASE I - TRABAJO DE CAMPO
INTRODUCCIÓN
Los artefactos explosivos convencionales y/o improvisados, constituyen las evidencias físicas encon-
tradas en un sitio del suceso y serán la base para lograr la identificación de(los) autor(es), coautor(es) y
cómplice(s) en la comisión del hecho punible que se investiga a través del estudio y análisis practicados a
los mismos.
En el caso específico de los explosivos como evidencia física, es de vital importancia el sitio del suceso,
puesto que en muchos casos, el resto de la investigación dependerá de una adecuada colección de los
artificios u objetos localizados en el lugar del hecho.
Aunque se han de tomar las medidas habituales en cualquier otro tipo de investigación, se debe recordar
con especial cuidado en registrar toda posible información. Más que nunca, la protección y mantenimiento
del lugar del hecho es una medida que puede implicar la diferencia entre llevar a buen término o quedar
atrapado en medio de datos incompletos.
En tal sentido, las diligencias practicadas en el sitio del suceso, en torno a este tipo de evidencias de inte-
rés criminalístico, deben ser ejecutadas por personal especializado en la materia, a efecto que la colección y
manejo de la evidencia física o de indicios materiales, sea llevada a cabo de acuerdo con las técnicas, nor-
mas y reglamentos establecidas para tales fines y por ende, la misma lleve consigo mayor consistencia de
proximidad con la realidad hallada en el lugar de los hechos. Es importante generar conciencia del trabajo
de campo en el sitio del suceso, lo que arrojará que una prueba de naturaleza física tenga muchas veces
mayor conveniencia para la decisión judicial, que una prueba testimonial, ya que el valor de la evidencia
encontrada y convenientemente tratada, es más directo y objetivo, además de dejar menor espacio a la
subjetividad que la declaración de testigos presenciales del hecho punible.
Los equipos especializados en esta área y su labor en el sitio del suceso, es determinante en la investiga-
ción y sirve para orientar al órgano encargado de la acción penal, sobre los particulares de un determinado
delito, sobre todo el móvil, modus operandi, medios empleados, la secuencia del hecho punible y aún la
peligrosidad y personalidad del (los) delincuente(s).
MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FÍSICAS 91
FASE I - TRABAJO DE CAMPO
INTRODUCCIÓN
Los artefactos explosivos convencionales y/o improvisados, constituyen las evidencias físicas encon-
tradas en un sitio del suceso y serán la base para lograr la identificación de(los) autor(es), coautor(es) y
cómplice(s) en la comisión del hecho punible que se investiga a través del estudio y análisis practicados a
los mismos.
En el caso específico de los explosivos como evidencia física, es de vital importancia el sitio del suceso,
puesto que en muchos casos, el resto de la investigación dependerá de una adecuada colección de los
artificios u objetos localizados en el lugar del hecho.
Aunque se han de tomar las medidas habituales en cualquier otro tipo de investigación, se debe recordar
con especial cuidado en registrar toda posible información. Más que nunca, la protección y mantenimiento
del lugar del hecho es una medida que puede implicar la diferencia entre llevar a buen término o quedar
atrapado en medio de datos incompletos.
En tal sentido, las diligencias practicadas en el sitio del suceso, en torno a este tipo de evidencias de inte-
rés criminalístico, deben ser ejecutadas por personal especializado en la materia, a efecto que la colección y
manejo de la evidencia física o de indicios materiales, sea llevada a cabo de acuerdo con las técnicas, nor-
mas y reglamentos establecidas para tales fines y por ende, la misma lleve consigo mayor consistencia de
proximidad con la realidad hallada en el lugar de los hechos. Es importante generar conciencia del trabajo
de campo en el sitio del suceso, lo que arrojará que una prueba de naturaleza física tenga muchas veces
mayor conveniencia para la decisión judicial, que una prueba testimonial, ya que el valor de la evidencia
encontrada y convenientemente tratada, es más directo y objetivo, además de dejar menor espacio a la
subjetividad que la declaración de testigos presenciales del hecho punible.
Los equipos especializados en esta área y su labor en el sitio del suceso, es determinante en la investiga-
ción y sirve para orientar al órgano encargado de la acción penal, sobre los particulares de un determinado
delito, sobre todo el móvil, modus operandi, medios empleados, la secuencia del hecho punible y aún la
peligrosidad y personalidad del (los) delincuente(s).
MANUAL ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE CADENA DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FÍSICAS 91

