Page 4 - Revista Ministerio Público (Nro 4)
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EDITORIAL

El Ministerio Público venezo- hasta la creación de la Unidad Crimi-
lano, tiene las atribuciones nalística Contra la Vulneración de
constitucionales y legales de Derechos Fundamentales.
ordenar, dirigir y supervisar, todo lo
inherente a la investigación penal, Fue así como, tras su creación el
garantizando la celeridad y buena 23 de diciembre de 2008, la primera
marcha del sistema de justicia, el Unidad Criminalística fue inaugurada
juicio previo y el debido proceso. el 15 de marzo de 2010 en Caracas
y, posteriormente, se inauguró una
Estas atribuciones adquieren segunda Unidad en el estado Lara
mayor importancia y complejidad, el 15 de diciembre de 2011.
cuando en la perpetración del
hecho punible están involucrados Ambas dependencias se encuen-
funcionarios pertenecientes a orga- tran adscritas a las Dirección de
nismos policiales o de seguridad del Laboratorios Criminalísticos, y siguen
Estado y el desarrollo de la investi- en línea de jerarquía a la Dirección
gación se ve obstaculizado, ya sea General de Apoyo a la Investigación
por la interferencia de los propios Penal hasta el Despacho de la Fiscal
transgresores o por la indebida soli- General de República.
daridad de otros funcionarios.
Tienen como responsabilidad
Los derechos fundamentales del la práctica de experticias técnico-
ser humano constituyen la mayor científicas y diligencias de investi-
afirmación del ser humano frente gación, ordenadas por los Fiscales
a las instituciones del Estado, por del Ministerio Público, para deter-
tanto, se impone la obligación de minar la comisión de los hechos
respetarlos, garantizarlos y prote- punibles, así como establecer la
gerlos, estableciendo igualmente responsabilidad de sus autores y/o
los medios jurídicos para perseguir partícipes. Todo ello en el marco de
y sancionar a quienes los vulneren, las investigaciones iniciadas ante
más aún, si la agresión proviene de la vulneración de derechos funda-
aquellos investidos de autoridad. mentales, de conformidad con lo
establecido en los artículos 223 y
Por ello, a objeto de evitar la impu- 291 del Código Orgánico Procesal
nidad, frente a eventuales violaciones Penal venezolano y en el artículo 16
de derechos humanos en las que numeral 3 de la Ley Orgánica del
estén señalados como presuntos Ministerio Público.
responsables funcionarios de los
diferentes organismos de seguridad El propósito de esta publicación
del Estado, el Ministerio Público, ha es documentar y dar a conocer, en
llevado a cabo una invaluable gestión el ámbito nacional e internacional,
transformadora, que va desde la una muestra del compromiso del
designación de nuevos Fiscales Ministerio Público en la lucha contra
especializados en materia de protec- la impunidad y el respeto, protección
ción de derechos fundamentales y garantía de los derechos humanos.

Luisa Ortega Díaz

Fiscal General de la República

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