Page 18 - Revista Ministerio Público (Edición Especial - Bolívar)
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los que le rodeaban, la naturaleza conservadora genéticos, anatomopatológicos, patológicos, arqueo-
retornó sus derechos; entonces pidió con ansias los lógicos y de otra naturaleza.
socorros de la medicina. Pero ¡ah! Ya no era tiempo!
El sepulcro estaba abierto aguardando la ilustre vícti- En ese sentido, la participación del Ministerio Públi-
ma, y hubiera sido necesario hacer un milagro para co (MP) en la investigación de la muerte de El Liberta-
impedirle descender a el. – San Pedro, diciembre 17 dor se planteó desde dos puntos de vista: uno legal y
de 1830, a las ocho de la noche”. – Alejandro Prós- otro técnico-científico.
pero Reverend.
El factor jurídico de mayor preponderancia se cen-
Sin embargo, la polémica sobre las causas de la tró en abordar los aspectos que tenían incidencia so-
muerte de El Libertador siempre ha estado vigente. bre la apertura del sarcófago y la urna de plomo, que
contenía los restos mortales de El Libertador.
Intención glorificadora
El 29 de enero de 2008, fue publicado en Gaceta Es así como se solicitó una autorización judicial ante
el Tribunal 19º de Control del Área Metropolitana de
Oficial el Decreto Presidencial Nº 5.834, mediante Caracas, en la cual se explicaron los pormenores del
el cual se creó la Comisión Presidencial, con el obje- procedimiento y su justificación, señalando además,
to de planificar y activar el proceso de investigación la importancia de la preservación de tales restos por
científica e histórica, sobre los acontecimientos rela- formar parte del patrimonio histórico de la Nación.
cionados con el fallecimiento de El Libertador.
El requerimiento se fundamentó en la Constitución
Como miembros de la Comisión fueron nombrados de la República Bolivariana de Venezuela (artículo
el Vicepresidente Ejecutivo, la Fiscal General de la 285, numeral 3), la Ley Orgánica del Ministerio Pú-
República, los ministros del Poder Popular del Despa- blico (artículos 16, numeral 3, y 37, numerales 9 y
cho de la Presidencia, Relaciones Interiores y Justicia, 10) y el Código Orgánico Procesal Penal (artículos
Relaciones Exteriores, Finanzas, Defensa, Educación 108, numeral 18, y 217), normas que se adaptaban
Superior, Educación, Salud, Ciencia y Tecnología,
Cultura y el presidente del Instituto de Patrimonio Cul-
tural.

Tal Comisión se nombró tomando en consideración
que es de gran valor histórico y cultural para la Na-
ción aclarar y despejar las dudas en torno a la muerte
de Bolívar, a través de una investigación de su falleci-
miento y el traslado de sus restos a Venezuela, desta-
cando que en la actualidad se cuenta con el avance
tecnológico y científico que permitirá revelar detalles
que en el siglo pasado no era posible determinar.

La Comisión, de acuerdo con su reglamento publi-
cado en Gaceta Oficial Nº 38.894, de marzo de
2008, fue integrada por dos subcomisiones: la de
investigación histórica y la de investigación cientí-
fica.

La primera se encargaría de proponer los meca-
nismos, procedimientos y acciones más expeditas
en torno a la investigación orientada a restaurar
los hechos históricos relacionados con el falleci-
miento de El Libertador Simón Bolívar y el trasla-
do de sus restos mortales a Venezuela.

Mientras, la subcomisión de investigación
científica tendría por tarea adelantar los estudios

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