Page 19 - Revista Ministerio Público (Nro 4)
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lica un cheque por 10 mil bolívares fuertes. hizo el Cuerpo de Investigaciones Científicas,
Penales y Criminalísticas y que luego se ex-
tendió a las Zonas 2 y 7 de la Policía Metro-
Procedimiento riguroso politana.
El proceso de destrucción de armas im- Delitos Comunes | Ministerio Público [17]
plica un trabajo previo de coordinación. Es
así como una vez ejecutada la incautación,
el Ministerio Público ordena las experticias
correspondientes a objeto de dejar constancia
de las características de las mismas.
Luego, los referidos instrumentos son
remitidos al DAEX, donde se almacenan y
se hace un inventario, el cual es corroborado
por un tribunal de control, que hace la inspe-
cción en las instalaciones de la dependencia
del Ministerio del Poder Popular para Relacio-
nes Interiores y Justicia.
Se confirma que el material a destruir
esté dentro del inventario; también se verifica
el número de experticias para que los procesos
penales que se siguen, relacionados con las ar-
mas, se concrete y no se vea obstaculizado por
la falta de pruebas.
Es importante resaltar que las fiscales
Rodríguez y Leira, así como representantes
del Tribunal 23° de Control de Caracas,
inspeccionan y verificaron judicialmente las
armas y el material incautado.
Asimismo, es oportuno mencionar que
la destrucción de armas, que se fundamenta
en la Ley para el Desarme, también responde
al plan de descongestionamiento de las salas
de evidencias, iniciado por la Dirección de
Actuación Procesal, ante una solicitud que
Penales y Criminalísticas y que luego se ex-
tendió a las Zonas 2 y 7 de la Policía Metro-
Procedimiento riguroso politana.
El proceso de destrucción de armas im- Delitos Comunes | Ministerio Público [17]
plica un trabajo previo de coordinación. Es
así como una vez ejecutada la incautación,
el Ministerio Público ordena las experticias
correspondientes a objeto de dejar constancia
de las características de las mismas.
Luego, los referidos instrumentos son
remitidos al DAEX, donde se almacenan y
se hace un inventario, el cual es corroborado
por un tribunal de control, que hace la inspe-
cción en las instalaciones de la dependencia
del Ministerio del Poder Popular para Relacio-
nes Interiores y Justicia.
Se confirma que el material a destruir
esté dentro del inventario; también se verifica
el número de experticias para que los procesos
penales que se siguen, relacionados con las ar-
mas, se concrete y no se vea obstaculizado por
la falta de pruebas.
Es importante resaltar que las fiscales
Rodríguez y Leira, así como representantes
del Tribunal 23° de Control de Caracas,
inspeccionan y verificaron judicialmente las
armas y el material incautado.
Asimismo, es oportuno mencionar que
la destrucción de armas, que se fundamenta
en la Ley para el Desarme, también responde
al plan de descongestionamiento de las salas
de evidencias, iniciado por la Dirección de
Actuación Procesal, ante una solicitud que

